Les informamos que se extiende el plazo para la entrega de propuestas de la convocatoria RFP-OTCLIN2-009 -Consultoría para contratar Servicios Profesionales en el apoyo técnico para Monitoreo Glaciar-. La nueva fecha de cierre será el día lunes 26 de abril de 2021. Les agradecemos circular esta invitación en sus redes y/o contactos para su aplicación.
Programa Páramos
Programa Páramos & Bosques de USAID Invitación a Presentar Propuestas (RFP)
Número de RFP: RFP-OTCLIN2-009
-Consultoría para servicios profesionales en el apoyo
técnico para
Monitoreo Glaciar-
Objeto: Contratar los servicios
profesionales de un Consultor para apoyar el desarrollo de la Estrategia de
Monitoreo Integrado de Ecosistemas de Alta Montaña - EMA, desarrollando el
monitoreo de glaciares en los sitios de estudio priorizados por el IDEAM, según
los procedimientos y protocolos establecidos, y desarrollar las actividades
concernientes con la documentación, evaluación y certificación de la operación
estadística “Balance de Masa Glaciar” y la documentación de la operación
estadística “Cambio de Superficie Glaciar”, que hacen parte de los compromisos del IDEAM en el Plan Estadístico Nacional
del DANE.
Entidad contratante: Chemonics International Inc.
Sucursal Colombia (Chemonics), operador de
la Orden de Trabajo “Modelos innovadores de conservación para
páramos y bosques” emitida bajo el
Programa Páramos & Bosques financiado por
la Agencia de los Estados
Unidos para el Desarrollo Internacional (USAID).
Fecha de Expedición: abril
12, 2021
Entrega de propuestas: abril
26, 2021 antes de 2:00 pm Punto de contacto: Alejandra
Varón Murcia
Asistente
de Recursos Humanos
***** REQUISITOS
ÉTICOS Y DE CONDUCTA PROFESIONAL *****
Chemonics International Inc. Sucursal Colombia (Chemonics)
está comprometido con la integridad en las adquisiciones y contrataciones, y
solo selecciona a sus proveedores según criterios comerciales objetivos, como
el precio y el mérito técnico. Chemonics espera que los proveedores cumplan con
nuestros Estándares de conducta profesional, disponibles en https://www.chemonics.com/our-
approach/standards-business-conduct/.
Chemonics no tolera el fraude, colusiones entre Proponentes
u ofertas falsificadas, el soborno ni el cohecho. Cualquier empresa o individuo
que viole estas normas será excluido de esta adquisición y de futuras
oportunidades de adquisición, y se le podrá informar tanto a USAID como a la
Oficina del Inspector General de los Estados Unidos de América (Inspector
General).
Los empleados y agentes de Chemonics tienen estrictamente
prohibido pedir o aceptar dinero, honorarios, comisiones, créditos, obsequios,
propinas, objetos de valor o compensaciones de vendedores o proveedores,
actuales o potenciales, a cambio de negocios o como recompensa por estos. Los
empleados y agentes que incurran en esta
conducta quedan sujetos a la rescisión de su contrato laboral y se les
reportará a USAID y a la Oficina del
Inspector General. Además, Chemonics informará a USAID y a la Oficina
del Inspector General acerca de cualquier oferta de dinero,
honorarios, comisiones, créditos, obsequios, propinas, objetos de valor o
compensaciones a proveedores para obtener negocios.
Los consultores que respondan a esta invitación a presentar
propuestas (RFP) deberán incluir lo siguiente como parte de la presentación de
sus propuestas:
·
Revelar cualquier relación cercana,
familiar o financiera con Chemonics o el personal del Programa Páramos &
Bosques (en adelante P&B o el Programa). Por ejemplo, si el primo de un
consultor es empleado por el Programa, el consultor deberá indicarlo.
·
Revelar cualquier relación familiar
o financiera con otros consultores que presenten propuestas. Por ejemplo, si el
padre del consultor tiene una empresa que presenta otra propuesta, el consultor
deberá indicarlo.
·
Certificar que los precios de la
propuesta se determinaron de manera independiente, sin consulta, comunicación o
acuerdo con ningún otro consultor o competidor con el fin de restringir la
competencia.
·
Certificar que toda la información
presentada en la propuesta y toda la documentación de respaldo son auténticas y precisas.
·
Asegurar que se entienden las prohibiciones de Chemonics contra el
fraude, el soborno y el cohecho y que se aceptan.
Comuníquese con Roberto León Gómez, director de la Orden de
Trabajo CLIN2 del Programa Páramos y Bosques, para enviar preguntas o
inquietudes respecto de la información precedente o para informar cualquier
posible infracción. También se podrá reportar directamente a la oficina de
Chemonics en Washington D.C. La información de contacto figura en el sitio web
y es accesible vía el hipervínculo proporcionado arriba.
Introducción
La Agencia de los Estados Unidos para el Desarrollo
Internacional (USAID) ha suscrito con Chemonics International Inc., el contrato
No. 72051418D00001 para implementar el Programa Páramos y Bosques (P&B), un
proyecto de 5 años destinado a apoyar los esfuerzos de Colombia para lograr sus
objetivos de mitigación del cambio climático en un escenario posterior al
conflicto. El Programa tendrá un énfasis particular en REDD+, la conservación
basada en resultados y el desarrollo de capacidades para medir, informar y
verificar.
Bajo el contrato de P&B, USAID emitió la Orden de
Trabajo RFTOP No. 72051420R00025 “Modelos innovadores de conservación para
páramos y bosques” (en adelante la “Orden de Trabajo” o “la OT”), administrada
por Chemonics, que tendrá por
objetivo 1) Fortalecer la capacidad del Gobierno Colombiano (GOC) para promover
proyectos REDD+ en subregiones PDET priorizadas por la Agencia de Renovación
del Territorio; 2) Apoyar el diseño, estructuración e implementación de un
proyecto piloto que considere la aplicación de las inversiones ambientales
incluidas en las tarifas de agua con otros instrumentos económicas e incentivos
financieros para la protección de cuencas y fuentes de agua; y, 3) Apoyar al IDEAM y Ministerio del Medio Ambiente
con asistencia técnica.
Como parte de este apoyo, el pasado 30 de junio de 2019 se
suscribió un memorando de entendimiento entre Chemonics como ejecutor principal
de Páramos y Bosques, e IDEAM con el fin de cooperar, coordinar y aunar
esfuerzos para el fortalecimiento de las capacidades técnicas en áreas de
interés recíproco de las partes.
La implementación del Objetivo 3 de la Orden de Trabajo
“Modelos Innovadores de Conservación en Páramos y Bosques”, se desarrollará en
el marco de dicho Memorando de Entendimiento. Los resultados generales del
objetivo en relación con el IDEAM serán: 1) Impulsar la Estrategia Nacional de
Monitoreo Integrado de Ecosistemas de Alta Montaña y 2) Integrar las emisiones
de GEI en los complejos de páramos en el sistema AFOLU MRV para informar sobre
la Contribución Determinada a nivel Nacional (NDC).
Para ello, se ha priorizado el fortalecimiento de las
capacidades institucionales del IDEAM, específicamente mediante: i) la
generación de la línea base de información sobre Datos de Actividad (DA),
factores de emisión (FE) y
contenidos de carbono para los diferentes compartimentos en Zonas de Alta
montaña donde predominan coberturas de otra vegetación leñosa –OVL; ii) la
provisión de metodologías y protocolos para el monitoreo y seguimiento de las
emisiones de gases efecto invernadero para zonas de Alta montaña, en una ventana
piloto y contribución al desarrollo del soporte
tecnológico necesario para la
generación y gestión de la información de alta
montaña.
Conforme a lo anterior, la Orden de Trabajo “Modelos
innovadores de conservación para páramos y bosques” en coordinación con el
IDEAM, requieren contratar los Servicios Profesionales independientes de un Consultor para apoyar el desarrollo de
la estrategia de monitoreo integrado de ecosistemas de alta montaña EMA, desarrollando el monitoreo de glaciares en los sitios de estudio priorizados por el IDEAM.
Se invita a los consultores (personas naturales únicamente)
a enviar sus propuestas de acuerdo con las instrucciones contenidas en la
Sección 1, Instrucciones. Estas instrucciones tienen como objetivo ayudar a los
proponentes interesados en la preparación de su propuesta. Cualquier contrato
de prestación de servicios resultante de esta convocatoria se realizará de
acuerdo con lo descrito en las Secciones 2 y 3 de este RFP.
Los consultores entienden y aceptan que la presentación de
una propuesta en respuesta a esta invitación no es garantía de adjudicación de
un contrato de prestación de servicios por parte del Programa de Páramos y
Bosques, Chemonics, o USAID. Además, entiende que todos los costos asociados
con la preparación de la propuesta son por cuenta del consultor. Chemonics se
reserva el derecho de rechazar alguna o todas las propuestas, si esta acción es
considerada en el mejor interés de Chemonics. A menos que así sea establecido, los periodos mencionados en esta RFP serán entendidos en días calendario.
Sección I. Instrucciones
Para que una Propuesta sea considerada elegible, el
Consultor debe asegurarse de incluir todos los documentos y seguir las
instrucciones incluidas en las secciones copiadas a continuación.
Chemonics/Programa Páramos y Bosques OT-CLIN2, anticipa
otorgar un contrato de prestación de
servicios profesionales independientes a una persona natural de
nacionalidad colombiana. Personas naturales con doble nacionalidad (Estados
Unidos y Colombia) no serán consideradas.
A.
Fecha de presentación de la
propuesta técnica y económica
La propuesta deberá entregarse a más tardar a las 2 pm hora local de Bogotá el 26 de abril de 2021, a los correos electrónicos a varon@paramosybosques.org
y
y jaimes@paramosybosques.org.
B.
Contenido de la propuesta
1.
Carta
de presentación de la propuesta debidamente diligenciada y firmada por el consultor (Utilizar el formato
incluido en el Anexo 1). La carta debe incluir como mínimo la siguiente
información:
a)
Nombre del consultor
b)
Cédula de Ciudadanía
c)
Dirección física para comunicaciones
d)
Teléfono fijo
e)
Correo electrónico
f)
Teléfono celular
2.
Documentos legales:
a)
Fotocopia de la cédula de ciudanía del consultor que
presenta la propuesta
b)
Copia del RUT actualizado (Incluir todas las páginas)
3.
Certificaciones
obligatorias: el proponente debe diligenciar y firmar todas las
certificaciones listadas a continuación e incluidas como Anexo a este RFP:
·
Anexo 2 - Certificado del Personal
Clave Sobre Delitos Relacionados con Estupefacientes y Narcotráfico.
·
Anexo 3 – Formulario para registro de doble nacionalidad
·
Anexo 4 – Autorización de manejo de datos personales
(Habeas Data).
4.
Propuesta
Técnica: El Proponente deberá presentar su propuesta técnica de acuerdo con las siguientes especificaciones:
a)
Hoja
de vida actualizada del Consultor: La hoja de vida deberá tener
un máximo de 4 páginas e incluir información que demuestre que cumple con las
Calificaciones requeridas en la Sección 2. Términos de Referencia.
b)
Cronograma
de trabajo en días calendario, discriminando las actividades
asociadas a cada uno de los productos y el tiempo de entrega estimado de los productos.
5.
Propuesta Económica
El Contrato de prestación de servicios profesionales
independientes que se va a adjudicar es a Precio Fijo con pagos contra la
entrega de los productos establecidos en la Sección 2. Términos de Referencia.
El consultor debe presentar una propuesta económica teniendo en cuenta las
siguientes instrucciones:
·
Precio
fijo de honorarios: El Oferente debe proponer un precio fijo de
honorarios para cada uno de los productos de la consultoría, teniendo en cuenta
que el precio diario sea razonable, realista, consistente con las tarifas del
mercado y lo requerido para el cumplimiento del objeto de la consultoría.
Chemonics se reserva el derecho de solicitar, si lo considera necesario,
información que soporte la tarifa propuesta por el Consultor.
·
Cronograma
de Pagos: El Proponente debe establecer fechas de entrega de
productos, de acuerdo con el cronograma de trabajo propuesto.
·
Precio
fijo propuesto y cronograma de pagos: Por favor utilizar la
tabla relacionada a continuación para la presentación de su propuesta económica.
Pago |
Condición
para el Pago |
Fecha estimada de entrega según plan de trabajo |
Precio
fijo propuesto por producto COP$ |
1 |
Producto 1 |
XXXXXXXXX |
$ |
2 |
Producto 2 |
XXXXXXXXX |
$ |
Valor total de la Consultoría |
$ |
·
Después de adjudicado el contrato de prestación de servicios profesionales
independientes, el precio fijo no se
modificará para incluir honorarios adicionales a los considerados por el
Consultor en su propuesta económica.
·
El Proponente que resulte elegido
será responsable por pagar directamente su seguridad social conforme a lo
requerido por la ley para los Contratistas Independientes.
·
Los desplazamientos a campo,
incluyendo los costos de viaje (pasajes aéreos o terrestres, alojamiento y
alimentación), en caso de ser necesarios, le serán reembolsados
directamente al Consultor siguiendo las
normas de Chemonics. Todo
desplazamiento debe ser previamente aprobado por el Supervisor del contrato; de
lo contrario, los costos de viaje no
le serán reembolsados al Consultor.
·
Como los gastos de viaje le serán reembolsados directamente al
Consultor, no deben ser incluidos en la propuesta económica.
·
Sobre el monto total del contrato
se aplicará la retención en la fuente que corresponda
según la documentación que presente
el Consultor.
·
Todos los costos se deben expresar en Pesos Colombianos.
·
El Consultor deberá disponer de sus
propios equipos y herramientas para el desarrollo del alcance del trabajo.
·
Fecha estimada de inicio del contrato de prestación
de servicios: mayo 04, 2021.
·
Fecha estimada de presentación del último producto: marzo 29, 2022.
a)
Exención
de Impuestos. Por cuanto, el Programa Páramos y Bosques, que
financia el contrato de prestación de servicios profesionales independientes,
es financiado por USAID y se implementa bajo el acuerdo bilateral “Convenio
General para Ayuda Económica, Técnica y Afín” suscrito entre el Gobierno de
Colombia y Gobierno de los Estados Unidos de América, el 23 de Julio de 1962”.
De acuerdo con este acuerdo bilateral y de conformidad con el artículo 96 de la
Ley 788 de 2002, reglamentada por el decreto 540 de 2004, todas las compras de
bienes y servicios realizadas con fondos de USAID están exentas de todo
impuesto reconocido por la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN)
del Gobierno de Colombia; dicha exención cubre a todos los gastos que se
incurran bajo el contrato de prestación de servicios profesionales
independientes a precio fijo objeto de esta convocatoria. Por esta razón el
Consultor no deberá incluir IVA en la propuesta económica.
Nota: La exención no aplica para retención en la fuente sobre los honorarios
a pagar al Consultor.
C.
Criterios de Evaluación
La adjudicación se hará al Consultor que su hoja de vida
demuestre que cumple con las calificaciones
y experiencia requeridas en la Sección 2 términos de Referencia y que
represente el mejor valor para el Programa.
Esta RFP utiliza el proceso de tradeoff establecido en el FAR 15.101-1. Chemonics otorgará un
contrato de prestación de servicios profesionales independientes al Consultor
cuya propuesta represente el mejor valor para Chemonics y el Programa de
Páramos y Bosques. Chemonics podría otorgar un contrato de prestación de
servicios a un Proponente con un precio más alto si se determina que las
calificaciones más altas de su hoja de vida ameritan el costo/precio adicional.
D.
Negociación
Se solicita que los Proponentes presenten su mejor
propuesta y, por tanto, Chemonics podrá adjudicar el contrato de prestación de
servicios basado en las propuestas recibidas inicialmente. Sin embargo,
Chemonics se reserva el derecho de realizar discusiones, negociaciones y/o
solicitar cualquier tipo de aclaraciones o información adicional antes de
adjudicar el contrato de prestación de servicios profesionales independientes.
Adicionalmente, Chemonics se reserva el derecho de tener una etapa de rango competitivo y limitar la
participación en rango competitivo a un número reducido de Proponentes para
realizar una evaluación mucho más eficiente con las propuestas mejor calificadas. En la etapa de rango
competitivo, a los Proponentes que tengan las mejores calificaciones, según lo determine el comité de evaluación, se
les podrá solicitar que envíen nuevamente sus propuestas económicas con los
mejores precios o respuestas y/o aclaraciones técnicas respecto de sus
propuestas iniciales. A discreción de Chemonics se podrá solicitar a los
Proponentes realizar una presentación oral de la propuesta. Si se presenta la
oportunidad, Chemonics se reserva el derecho de adjudicar varios contratos de
prestación de servicios profesionales independientes o ninguno en absoluto.
E.
Términos del contrato de
prestación de servicios profesionales independientes
Esta es únicamente una invitación a presentar propuestas
que de ninguna manera obliga a Chemonics a adjudicar un contrato de prestación
de servicios profesionales independientes. En el evento que se presente una
negociación, cualquier contrato de prestación de servicios profesionales
independientes resultante estará sujeto y deberá cumplir con todos los términos
y clausulas detalladas en la Sección 3.
Chemonics usará el modelo mostrado en la sección 3 para finalizar el contrato
de prestación de servicios profesionales independientes. Los términos y
clausulas no son de carácter negociable. Al enviar una propuesta, los
Proponentes certifican que entienden y están de acuerdo con los todos los
términos y clausulas contenidas en la Sección
3.
F.
Partes (Privity)
Al presentar una propuesta en respuesta a esta
convocatoria, los Proponentes entienden que USAID no es una parte interesada en
esta solicitud.
Sección II. Términos de Referencia
TERMINOS DE REFERENCIA
Consultoría para Apoyo Técnico para Monitoreo
Glaciar
1.
MODALIDAD
DE CONTRATACION:
Contrato de Prestación de Servicios Profesionales Independientes, con objeto
especifico de ejecutar.
2.
PROYECTO:
Proyecto de USAID “Modelos Innovadores de Conservación en Páramos y Bosques” (en
adelante, el Proyecto). Objetivo 3. Monitoreo y Gestión Integral
de Ecosistemas de Alta Montaña
3.
ANTECEDENTES
Y JUSTIFICACION DE LA CONSULTORÍA:
El programa Páramos y Bosques (P&B) es un programa de
USAID implementado por Chemonics International en Colombia. Bajo el contrato de
P&B, USAID ha emitido la Orden de Tarea (OT) para el proyecto “Modelos
Innovadores de Conservación en Páramos y Bosques”, administrada por Chemonics,
que tendrá por objetivo a) Fortalecer la capacidad del Gobierno Colombiano
(GOC) para promover proyectos REDD+ en subregiones PDET priorizadas por la
Agencia de Renovación del Territorio; b) Apoyar el diseño, estructuración e
implementación de un proyecto piloto que considere la aplicación de las
inversiones ambientales incluidas en las tarifas de agua con otros instrumentos
económicos e incentivos financieros para la protección de cuencas y fuentes de
agua; y, c) Apoyar al IDEAM y Ministerio del Medio Ambiente con asistencia
técnica para fortalecer el Sistema de Monitoreo, Reporte y Verificación (MRV)
en ecosistemas de alta montaña de Colombia y para la elaboración de una
estrategia de reconversión en páramos.
Como parte de este apoyo, el pasado 30 de junio de 2019 se
suscribió un memorando de entendimiento entre Chemonics, como ejecutor
principal de Páramos y Bosques, e IDEAM con el fin de cooperar, coordinar y
aunar esfuerzos para el fortalecimiento de las capacidades técnicas en áreas de
interés recíproco de las partes.
La implementación del Objetivo 3 del proyecto Modelos
Innovadores de Conservación en Páramos y Bosques se desarrollará en el marco de
dicho Memorando de Entendimiento. Los resultados generales del objetivo en
relación con el IDEAM serán: 1) Impulsar la Estrategia Nacional de Monitoreo
Integrado de Ecosistemas de Alta Montaña; y, 2) Integrar las emisiones de GEI
en los complejos de páramos en el sistema AFOLU MRV para informar sobre la
Contribución Determinada a nivel Nacional (NDC).
Para ello, se ha priorizado el fortalecimiento de las
capacidades institucionales del IDEAM, específicamente mediante: i) la
generación de la línea base de información sobre Datos de Actividad (DA),
factores de emisión (FE) y
contenidos de carbono para los diferentes compartimentos en Zonas de Alta
montaña donde predominan coberturas de otra vegetación leñosa –OVL; ii) la
provisión de metodologías y protocolos para el monitoreo y seguimiento de las
emisiones de gases efecto invernadero para zonas de Alta montaña, en una
ventana piloto y contribución al desarrollo del soporte tecnológico necesario
para la generación y gestión de la
información de alta montaña.
En este contexto, se ha definido la necesidad de contratar
un apoyo técnico para el procesamiento de la información, ejecución de salidas
de campo y el reporte del estado de los glaciares en el país.
4.
OBJETIVO DE LA CONSULTORÍA:
Apoyar el desarrollo de la Estrategia de Monitoreo
Integrado de Ecosistemas de Alta Montaña - EMA, desarrollando el monitoreo de
glaciares en los sitios de estudio priorizados por el IDEAM, según los
procedimientos y protocolos establecidos, y desarrollar las actividades
concernientes con la documentación, evaluación y certificación de la operación
estadística “Balance de Masa Glaciar” y la documentación de la operación
estadística “Cambio de Superficie Glaciar”, que hacen parte de los compromisos
del IDEAM en el Plan Estadístico Nacional del DANE.
5.
ACTIVIDADES
PRINCIPALES A REALIZAR: Las responsabilidades del
consultor para la ejecución del contrato serán:
·
Elaborar el plan de trabajo y
cronograma de actividades que deberá ser establecido y aprobado
de común acuerdo con la Subdirección de Ecosistemas e Información
Ambiental del IDEAM y el proyecto Modelos Innovadores de Conservación en
Páramos y Bosques.
·
Participar en 5 campañas de campo
de monitoreo glaciar según la programación de trabajos de campo y siguiendo la
metodología y procedimientos establecidos por el IDEAM, elaborar los informes
técnicos para cada una, con registro fotográfico.
·
Elaborar el capítulo de monitoreo
Glaciar que se requiere dentro del protocolo de monitoreo de la
Alta Montaña en articulación con el Coordinador EMA del proyecto.
·
Mantener actualizadas las bases de
datos referidas al Balance de Masa Glaciar para los sitios de estudio directo:
PNN Los Nevados y PNN El Cocuy
·
Realizar las actividades requeridas
para la evaluación y certificación de la operación estadística Balance de Masa Glaciar, siguiendo los
requerimientos y utilizando los
parámetros establecidos por la NTCPE 1000/2017 del DANE y el Sistema de Gestión Integrado del IDEAM.
·
Preparar la documentación
relacionada con la operación estadística “Cambio de Superficie Glaciar”, con
base en los requerimientos y parámetros establecidos por la NTCPE 1000/2017 del
DANE y el Sistema de Gestión Integrado del IDEAM.
·
Apoyar en la elaboración del informe del estado de los glaciares
colombianos del año 2020 como insumo para el Reporte de Estado y Tendencia de los Ecosistemas de alta montaña.
·
Apoyar el diseño conceptual del
protocolo de Monitoreo Integrado y Participativo de Ecosistemas de alta montaña
en lo concerniente a glaciares y bajo las instrucciones del Coordinador EMA del
proyecto.
·
Participar y hacer aportes técnicos
en las reuniones del grupo técnico vinculado al proceso de formulación del
protocolo EMA - IDEAM, y del equipo del proyecto Modelos Innovadores de
Conservación en Páramos y Bosques, y de otros actores, relacionados con el tema de glaciares.
6.
CALIFICACIONES O PERFÍL DE LA CONSULTORÍA
Describir las calificaciones o perfil de la consultoría de acuerdo con los siguientes ítems u
otros que se crean necesarios:
IDONEIDAD |
|
EDUCACIÓN |
Título
Profesional en Geografía, Geología, Ingeniería Geográfica o Ambiental o
Ecología con estudios de postgrado en temas ambientales. |
|
|
EXPERIENCIA GENERAL |
Experiencia general mínima de 2 años en
estudios glaciológicos en Colombia |
EXPERIENCIA ESPECÍFICA O
HABILIDAD |
Experiencia
especifica de al menos (2) años en monitoreo hidrometeorológico, análisis
estadísticos y generación de cartografía glaciar en Colombia. |
7.
PRODUCTOS: Los productos a
entregar por el consultor son:
ü
Plan de trabajo y cronograma de
actividades aprobado por la subdirección de ecosistemas y Coordinador MRV del proyecto.
ü
5 informes de las salidas de campo
para monitoreo glaciar con sus respectivos registros diligenciados
ü
Un documento tipo capítulo escrito
sobre el monitoreo Glaciar que pueda ser incluido en el protocolo de monitoreo
integrado de la alta montaña
ü
Bases de datos de balance de masa glaciar
actualizada a 2021
ü
Documentación ajustada, actualizada
y aprobada para la certificación de la operación estadística “Balance de masa glaciar”
ü
Documentación ajustada, actualizada
y aprobada para la operación estadística “Cambio de superficie glaciar” para
los períodos 2020 y 2021
ü Documento con
insumos técnicos para actualizar la página web del IDEAM en la sección glaciares
ü
Un (1) Informe del estado de los
glaciares colombianos 2020 obtenido con base en los datos de la primera campaña
adelantada e información secundaria.
ü
Un (1) Informe del estado de los
glaciares colombianos 2021 obtenido con base en los datos de las cinco campañas
adelantadas e información secundaria.
No. |
Nombre del Producto |
Fecha
de Entrega |
1 |
·
Plan de trabajo
del contrato, articulado al cronograma de ejecución de la EMA. ·
Documentos, Formatos, Manuales e Instructivos y
bases de datos actualizadas para las Operaciones Estadísticas “Balance de
Masa Glaciar” con base en los requerimientos y parámetros establecidos por la
NTCPE 1000/2017 del DANE y el Sistema de Gestión Integrado del IDEAM. |
Mayo de 2021 |
2 |
·
Un (1) primer informe síntesis de
la primera campaña de campo, el cual deberá ser entregado durante los cinco
(5) días hábiles siguientes a la finalización de cada visita y debe incluir el cálculo del Balance de Masa para los sitios
piloto de estudio, con base en los datos de campo que se
reporten. |
Junio de 2021 |
3 |
·
Un (1) Informe del estado de los
glaciares colombianos 2020 obtenido con base en los datos de la primera
campaña adelantada e información secundaria. |
Julio de 2021 |
4 |
·
Documento con insumos técnicos
para actualizar la página web
del IDEAM en la sección glaciares. |
Agosto de 2021 |
5 |
·
Documentos, Formatos, Manuales e Instructivos
necesarios para la certificación de la operación estadística “Cambio de
superficie glaciar” con base en los requerimientos y parámetros establecidos
por la NTCPE 1000/2017 del DANE y el Sistema de Gestión Integrado del IDEAM
para el año 2020. |
Septiembre de 2021 |
6 |
·
Dos (2) informes síntesis de dos
campañas de campo, los cuales deberán ser entregados durante los cinco (5)
días hábiles siguientes a la finalización de cada visita y deben incluir el cálculo del
Balance de Masa
para los sitios
piloto de estudio, con base en los datos de campo que se
reporten. |
Octubre de 2021 |
7 |
·
Dos (2) informes síntesis de dos
campañas de campo, los cuales deberán ser entregados durante los cinco (5)
días hábiles siguientes a la finalización de cada visita y deben incluir el cálculo del Balance de Masa para
los sitios piloto
de estudio, con base en los datos de campo que se
reporten. |
Noviembre de 2021 |
8 |
·
Un (1) Informe del estado de los
glaciares colombianos 2021 obtenido con base en los datos de las cinco campañas adelantadas e información secundaria. |
Diciembre de 2021 |
9 |
·
Un (1) Documento tipo capítulo
escrito sobre el monitoreo Glaciar que pueda ser incluido en el protocolo de
monitoreo integrado de la alta montaña. |
Enero de 2022 |
10 |
·
Documentos, Formatos, Manuales e
Instructivos necesarios para la certificación de la operación estadística
“Cambio de superficie glaciar” con base en los requerimientos y parámetros establecidos por la NTCPE
1000/2017 del DANE
y el Sistema de Gestión
Integrado del IDEAM para el año 2021. |
Febrero de 2022 |
11 |
·
Informe final con todas las
actividades realizadas durante la ejecución de la consultoría. |
Marzo de 2022 |
8.
FORMA
DE PAGO: Los pagos se harán contra entrega de cada uno de los
productos según el cronograma de pagos presentado por el oferente en su propuesta económica y aprobados por el
Programa P&B.
9.
SUPERVISIÓN
DE LA CONSULTORIA: El Coordinador Técnico de Monitoreo Reporte y Verificación de la Orden de Trabajo “Modelos
Innovadores de Conservación para Páramos y Bosques”, ejercerá la supervisión de
la Consultoría, en conjunto con el Coordinador del grupo de trabajo de
Monitoreo de ecosistemas de alta Montaña de la subdirección de Ecosistemas e
Información Ambiental del IDEAM,
y serán responsables de formular observaciones, aclaraciones y ajustes
que consideren necesarios para asegurar
la correcta ejecución del alcance de
la consultoría.
10. VALOR: Se
determina con base en la propuesta económica presentada por el oferente
respecto al precio fijo de honorarios para cada uno de los productos de la consultoría, teniendo en cuenta que el
precio
sea razonable, realista y consistente para el cumplimiento del objeto de la
consultoría. Estos honorarios deberán reflejar la tarifa del mercado del
servicio prestado por el Consultor.
11. LUGAR DE EJECUCIÓN: Las actividades a realizar se
desarrollarán en la ciudad de Bogotá, o por medio virtual cumpliendo las
actividades y los productos, y garantizando una excelente conectividad para
trabajo e intercambio virtual.
12. DURACION DE LA CONSULTORÍA:
La duración del contrato será de once (11) meses, de acuerdo con el
cronograma de actividades presentados por el proponente y aprobado por el Programa.
esta invitación a presentar propuestas. La información marcada en amarillo o con XXXX será actualizada
según la propuesta a la que se adjudique el contrato. Todos
los términos y condiciones aquí descritos
deberán
ser tenidos en cuenta por los proponentes en la preparación de sus propuestas.
CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS PROFESIONALES
INDEPENDIENTES No. XXXXXX
El presente contrato de prestación de servicios (en
adelante el “CONTRATO”), se celebra entre
CHEMONICS INTERNATIONAL INC. SUCURSAL COLOMBIA, sucursal de sociedad extranjera, identificada con el NIT 900.480.566-1, con
domicilio en la ciudad de Bogotá D.C. representado por, XXXXXXXX, mayor de edad, identificado con XXXXXXXXX, actuando en su calidad de Representante Legal, (en
adelante el “CONTRATANTE”); y por
otra parte, XXXXXXXX, mayor de edad,
identificado con la Cédula de Ciudadanía número XXXXX expedida en XXXX , con domicilio en la ciudad de XXXX actuando en nombre propio quien
para efectos del presente documento se denominará EL CONTRATISTA quienes
conjuntamente, para efectos del presente CONTRATO, se denominarán LAS
PARTES, declaran conocer y aceptar los
términos del presente Contrato, previas
las siguientes:
CONSIDERACIONES.
1.
La Agencia de los Estados Unidos
para el Desarrollo Internacional – USAID ha suscrito con Chemonics
International Inc., el contrato No. X XXXX. El Proyecto X XXXXX tiene por objetivo XXXXXX.
2. Que se ha
identificado la necesidad de XXXXXX Insertar
consideraciones para llevarse a cabo el
contrato
XXXXX.
3. XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX.
4. Que el CONTRATISTA, es TITULO O PROFESION DE LA PERSONA A CONTRATAR, CON DESCRIPCION DE
LA
EXPERIENCIA DEL CONTRATISTA.
En
razón de lo anterior, LAS PARTES han acordado celebrar el presente contrato de
prestación de servicios que se regirá por las siguientes,
CLÁUSULAS:
PRIMERA. - OBJETO. EL CONTRATISTA de manera
independiente, usando para ello sus
propios medios, con plena autonomía
técnica, financiera y administrativa, bajo los términos de referencia y
condiciones anexos en este CONTRATO, prestará al CONTRATANTE, los servicios
profesionales como Consultor en el área de X XXXXX; y, en general los demás servicios que
durante la vigencia del CONTRATO solicite el CONTRATANTE mediante órdenes de
servicio al CONTRATISTA.
SEGUNDA. - DESCRIPCION Y ALCANCE DE LOS SERVICIOS
CONTRATADOS. LOS SERVICIOS-OBJETO de este
CONTRATO
comprenden:
1.
XXXXXX.
2.
XXXXXXX
3.
XXX XXXX
4.
XXXXX
PARÁGRAFO: La enunciación de actividades descritas en la presente cláusula no es
taxativa y por lo tanto el alcance de los SERVICIOS no se limita a lo aquí descrito, sino que comprende las
demás actividades inherentes al desarrollo del
CONTRATO.
TERCERA. - OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA. Son obligaciones del
CONTRATISTA las siguientes:
·
Desarrollar las actividades de
acuerdo con las condiciones, alcance y especificaciones establecidas en el presente contrato
de acuerdo con las indicaciones que brinde el Supervisor del Contrato,
XXXXXXXXXX (el “SUPERVISOR”).
·
Atender oportunamente los requerimientos del CONTRATANTE.
·
Cumplir con las obligaciones a su cargo con
diligencia y buena fe.
·
Dar aviso oportuno al CONTRATANTE
de cualquier inconveniente que surja e incida en la debida y oportuna ejecución
del CONTRATO.
·
Reportar la ejecución conforme las
indicaciones y requerimientos que establezca
el CONTRATANTE para cumplimiento de los requisitos del Programa
Paramos y Bosques los cuales se entienden incorporados al presente CONTRATO y
que el CONTRATISTA declara conocer mediante la suscripción del presente documento.
·
Devolver la información del
CONTRATANTE, que esté en su posesión a la terminación del presente CONTRATO,
así como toda la información, diseños y piezas preparadas por el
CONTRATISTA debido a la ejecución de los SERVICIOS.
·
Revelar al CONTRATANTE, cualquier
situación actual o potencial que pueda llegar a generar conflictos de interés o
inhabilidades que le impidan seguir ejecutando el CONTRATO.
·
Guardar absoluta reserva y
confidencialidad sobre toda la información que llegue a conocer en relación con
los SERVICIOS y de toda la información relacionada con el programa Paramos y
Bosques, USAID, CHEMONICS INTERNATIONAL INC y CHEMONICS INTERNATIONAL INC
Sucursal Colombia con excepción de aquella que expresamente sea indicada de
pública divulgación o que por virtud de la Ley sea pública. La obligación acá
prevista se hará extensiva a los subcontratistas o empleados del CONTRATISTA que vincule directamente para el
cumplimiento del CONTRATO, si a ello
hubiere lugar.
·
Atender las sugerencias,
recomendaciones y advertencias que imparta la Compañía, siempre que estas se
relacionen con el objeto del CONTRATO.
·
Realizar las modificaciones,
correcciones y ajustes que el CONTRATANTE solicite tanto en la realización de
los servicios como a los productos, como requisito previo para su aceptación
por parte del CONTRATANTE.
·
El CONTRATISTA y el personal que
éste contrate para la ejecución del presente contrato estarán obligados a
cumplir con las normas y políticas implementadas por el CONTRATANTE incluyendo
sin limitarse a las relacionadas con el Programa de Salud Ocupacional,
Seguridad Industrial y Protocolos de Seguridad que ha establecido y/o que establezca el CONTRATANTE durante la
ejecución del CONTRATO, sin que por este hecho se desnaturalice la relación
comercial que existe entre las PARTES.
·
A estar afiliado al Sistema
integral de Seguridad Social como CONTRATISTA independiente y pagar de forma
correcta y oportuna el valor de las cotizaciones causadas.
·
Las demás que se deriven de la ejecución del
CONTRATO o de la ley.
CUARTA. - OBLIGACIONES DEL
CONTRATANTE. En cumplimiento del presente CONTRATO, corresponde al
CONTRATANTE, las siguientes obligaciones:
·
Facilitar en forma oportuna, el
acceso a la información que sea necesaria, para la correcta ejecución del
contrato por parte del CONTRATISTA.
·
Pagar al CONTRATISTA, el valor del
contrato en la forma y oportunidad acordadas en el presente documento.
·
Entregar al CONTRATISTA toda la
información y elementos que fueren necesarios para la debida prestación de los SERVICIOS.
·
Brindar la ayuda requerida por el CONTRATISTA para
la correcta prestación de los SERVICIOS.
PARÁGRAFO.
RESPONSABILIDAD DE MANEJO: Los servicios que prestará
el CONTRATISTA podrán ser prestados en sus propias instalaciones, con sus
propios equipos, elementos y herramientas o en las instalaciones del
CONTRATANTE con equipos, instalaciones y elementos suministrados tanto por el
CONTRATISTA como por el CONTRATANTE. En caso de que éste ponga a disposición
del CONTRATISTA maquinaria, equipos, herramientas, materia prima, etc.,
necesarios para el desarrollo de los servicios a prestarle, el CONTRATISTA
acepta que estos equipos y elementos sean utilizados exclusivamente para el
desarrollo de este CONTRATO y cualquier movilización, reparación o modificación
de estos, será autorizada previamente
por el CONTRATANTE. La totalidad de los costos de mantenimiento y costos
relativos a tales equipos y elementos serán por cuenta del CONTRATANTE salvo
que se deban al uso inadecuado por parte del CONTRATISTA, quien en este caso
asumirá el 100% del valor de las reparaciones que deban realizarse.
QUINTA. - CASO
FORTUITO O FUERZA MAYOR. LAS PARTES no serán
responsables ni se considerará que han incurrido en incumplimiento de sus
obligaciones si se presentaran durante la ejecución de los SERVICIOS
circunstancias de fuerza mayor o caso fortuito debidamente comprobadas. La
parte que se considere afectada por un hecho de fuerza mayor o caso fortuito
deberá notificarlo por escrito a la otra
parte en forma inmediata a la ocurrencia del hecho. Dentro
de los cinco (5) días calendario siguientes deberá enviar un escrito en el que
indique las posibles causas junto con todos los documentos y pruebas de soporte
que demuestren su ocurrencia, manifestando el tiempo estimado en el cual podrá
reanudar o normalizar el servicio.
PARÁGRAFO: En la notificación que se haga a la otra parte del acaecimiento del
evento constitutivo de fuerza mayor o caso fortuito, se deberá incluir una
estimación del tiempo dentro del cual deberá ser superada la circunstancia de
fuerza mayor o caso fortuito. Vencido ese plazo, la parte deberá retomar
nuevamente las actividades suspendidas o se deberá proceder a la terminación
del CONTRATO.
SEXTA. - VALOR DEL
CONTRATO. El valor del contrato por concepto de los
servicios contratados corresponde a la suma total de X XXXXXXXXXXXX ($XXXXXXXXX). El CONTRATANTE
realizará el pago de la siguiente
manera:
No. |
Nombre
del producto |
Fecha de entrega |
Valor ($) |
1. |
Informe
No 1. Debe contener los siguientes productos. 1.
X X |
XXXXX |
$XXX |
2. |
Informe
No 2. Debe contener los siguientes productos. 2.
X X |
XXXXX |
$XXX |
|
Total |
|
$XXXXXXX |
Los productos requieren
aprobación por parte del SUPERVISOR del CONTRATO (XXXXXXXXX) delegado(a).
o
su
Una vez aprobado el producto, el CONTRATISTA deberá
presentar una cuenta de cobro o documento equivalente, la cual deberá ser
remitida al SUPERVISOR del contrato en medio físico y original, junto con los comprobantes de pago de la póliza de
garantía si aplica y de los aportes al sistema integral de seguridad social, el
incumplimiento a esta obligación suspenderá el pago de la factura respectiva.
Las Partes acuerdan y aceptan que la suspensión del pago por no presentación de
la póliza y de los comprobantes de pago de aportes al sistema integral de
seguridad social no significará un incumplimiento a las obligaciones del
CONTRATANTE.
La cuenta de cobro o documento equivalente y demás
documentos que la acompañen deberán enviarse por correo físico o entregarse personalmente
al SUPERVISOR del CONTRATO a la dirección que
este indique.
El pago se efectuará dentro de los treinta (30) días
calendario siguientes a la presentación de la cuenta de cobro o documento
equivalente en debida forma por parte del CONTRATISTA junto con el soporte de
pagos de aportes al sistema de seguridad social conforme lo requerido por la ley para los contratistas
independientes.
El pago que recibirá el CONTRATISTA es la única
compensación para servicios profesionales contemplada bajo este contrato. Al
momento de realizar el pago, se realizarán las retenciones de ley.
EL CONTRATANTE realizará el reembolso de gastos de viaje
asociados a esta consultoría, específicamente los gastos de transporte,
alojamiento y alimentación si estos aplican y de acuerdo con las normas del
CONTRATANTE. Sin perjuicio de la naturaleza no laboral de la relación
contractual que existe entre las partes, los viajes deben ser previamente
aprobados por escrito por el Supervisor. EL CONTRATISTA deberá presentar un
informe de gastos con todos los comprobantes de gastos originales para el
reembolso de estos por EL CONTRATANTE.
EL CONTRATISTA asume todas las obligaciones tributarias por
los ingresos recibidos en contraprestación a los SERVICIOS. El pago se
efectuará en pesos colombianos y será depositado en la cuenta especificada por
el CONTRATISTA. No se autorizarán pagos anticipados.
SÉPTIMA. -
INDEMNIDAD. El CONTRATISTA se compromete a defender y
mantener indemne al CONTRATANTE, y a USAID, a sus directores, subordinados y
empleados de cualquier responsabilidad, reclamación, pérdida, demanda o acción
legal, pago, gasto, -incluyendo pero sin limitarse a honorarios de abogado y
demás costas judiciales- que se deriven de daños, lesiones a terceros,
incumplimiento del contrato, o de la violación del CONTRATISTA o sus
dependientes de cualquier disposición constitucional, ley, decreto,
reglamentación, regulación, incluyendo, pero sin limitarse, a todas las leyes,
disposiciones y normas técnicas y/o de seguridad, y de cualquier perjuicio que
se le cause al CONTRATANTE, y a USAID, a sus directores, subordinados y
empleados en desarrollo del presente CONTRATO, así como de las reclamaciones
que puedan presentar terceras personas, en relación con hechos imputables a la
responsabilidad del CONTRATISTA.
OCTAVA. - PLAZO. La duración del Contrato será de XXXX
(XXX) meses, del X XXXX
hasta X XXXX.
Al vencimiento del plazo inicialmente pactado el CONTRATO se terminará
automáticamente sin necesidad de aviso previo, ni de ninguna otra formalidad.
Cualquiera de las partes podrá dar por terminado este
acuerdo en forma anticipada sin responsabilidad ni pago de indemnización alguna
por tal circunstancia, bastando para ello que la decisión de terminar el
contrato sea notificada en forma escrita a la contraparte cuando menos con
treinta (30) días de antelación.
PAGRAFO: LAS PARTES podrán de mutuo acuerdo prorrogar la duración del presente
contrato mediante documento escrito firmado por ellas en cualquier momento
previo al vencimiento inicial del CONTRATO.
NOVENA. -
SUPERVISIÓN. EL CONTRATANTE por conducto del
Supervisor, X XXXXXX,
o la persona que este designe, ejercerá la supervisión
permanente de la ejecución del CONTRATO, y podrá formular observaciones,
solicitar correcciones, aclaraciones o ajustes que considere necesarios a la
CONTRATISTA, con el fin de asegurar la correcta ejecución de los SERVICIOS.
PARÁGRAFO: El ejercicio de la facultad de supervisión que se describe en la
presente cláusula, en ningún momento podrá ser entendido como poder
subordinante. En este orden de ideas, el CONTRATO no genera relación laboral alguna
entre el CONTRATISTA y el CONTRATANTE.
DÉCIMA. -
NATURALEZA. EXCLUSIÓN DE RELACIÓN LABORAL. INDEPENDENCIA Y AUTONOMÍA DEL
CONTRATISTA. El presente es un contrato de prestación de servicios, regulado por las
estipulaciones aquí consagradas y las normas aplicables a este tipo de contrato
establecidas en el Código de Comercio.
EL CONTRATISTA prestará los
SERVICIOS, con sus propios medios, con plena libertad y autonomía
técnica y económica y sin subordinación
alguna del CONTRATANTE. Por ende, los derechos del CONTRATISTA se limitarán, de
acuerdo con la naturaleza del CONTRATO, a exigir al CONTRATANTE el cumplimiento
de sus obligaciones dentro del mismo, y en especial,
al pago de los honorarios
estipulados en la Cláusula Sexta.
EL CONTRATISTA asumirá todas las responsabilidades que las
leyes le impongan en relación con el personal propio o afiliado que utilice
para la ejecución de los SERVICIOS, el cual en todo momento será considerado
como personal vinculado contractualmente en forma exclusiva por el CONTRATISTA
y con relación a estas personas no podrá predicarse en ningún momento frente al
CONTRATANTE dependencia legal, laboral o contractual de ninguna naturaleza. En
el evento en que el CONTRATANTE se vea obligado a pagar cualquier suma
originada en la responsabilidad del CONTRATISTA, ésta desde ahora, autoriza al
CONTRANTE para que, sin perjuicio de las sanciones legales consagradas a su
favor, descuente el respectivo valor de la suma pendiente de pago al
CONTRATISTA.
PARÁGRAFO: Dada la inexistencia absoluta de subordinación dentro de la relación
que se deriva entre las partes de este Contrato, es claro para las Partes que
no existe relación de carácter laboral.
Sin embargo, si por cualquier
circunstancia, cualquier autoridad judicial llegase no obstante lo anterior a
interpretar que la relación entre el CONTRATISTA y el CONTRATANTE es de
carácter laboral, el pacto de honorarios establecido en la Cláusula Sexta de
este Contrato deberá tomarse como pago de salario en la modalidad de integral, es decir que la suma pagada
habrá retribuido no solamente la actividad ordinaria sino que además, habrá
compensado de antemano el valor de cualesquiera prestaciones sociales, recargos
y beneficios tales como el trabajo nocturno, el realizado en día dominical o
festivo, primas legales, cesantía e
intereses sobre la cesantía, y en general cualquier otro pago de naturaleza
laboral que pudiese ser aplicable.
DÉCIMA PRIMERA. - TERMINACIÓN. El presente contrato
se dará por terminado en los siguientes eventos:
·
Por mutuo acuerdo entre LAS PARTES en cualquier
instancia de la ejecución del CONTRATO.
·
Por el incumplimiento de las
obligaciones derivadas del contrato a cargo de cualquiera de LAS PARTES.
·
Por vencimiento del plazo pactado
sin que se hubiere prorrogado su vigencia o al vencimiento de las prórrogas correspondientes.
·
Por las demás causas legales aplicables a este tipo
de contrato.
·
Por la decisión unilateral de
cualquiera de las partes, mediante previo aviso de treinta (30) días calendario
a la otra parte, sin que se genere el pago de indemnización alguna.
El CONTRATISTA acepta mantener al CONTRATANTE, USAID y al
Programa X XXXX
indemnes en caso de la terminación o suspensión de este CONTRATO en el evento
de terminación de que trata la presente cláusula.
DÉCIMA SEGUNDA. -
CESIÓN. EL CONTRATISTA no podrá ceder total ni
parcialmente, ninguno de sus derechos u obligaciones que surjan en virtud del
CONTRATO, sin el previo consentimiento expreso y por escrito del CONTRATANTE.
El CONTRATANTE podrá ceder el CONTRATO en cualquier momento
y el CONTRATISTA desde este momento acepta esa cesión.
DÉCIMA TERCERA. - DECLARACIÓN DE LAS PARTES. Bajo la gravedad del
juramento:
El CONTRATANTE declara, que, para la celebración del
presente contrato, ha revelado toda la información necesaria que pudiere ser de
interés para el CONTRATISTA en su decisión de suscribir el presente contrato y
para la fijación de sus honorarios; y que, además, cuenta con las
autorizaciones legales y/o contractuales necesarias para la suscripción de este contrato.
EL CONTRATISTA, por su parte, también bajo la gravedad de
juramento, declara que ha sido informado sobre el estado general del
CONTRATANTE en relación con el objeto del Contrato y que no podrá pedir
reajuste de los honorarios aquí pactados alegando desconocimiento de
condiciones bajo las cuales se ha contratado.
DÉCIMA CUARTA. -
CONFLICTO DE INTERESES. Durante la vigencia del
presente CONTRATO, el CONTRATISTA no podrá estar involucrado en ninguna otra
actividad que pudiera ser interpretada como
un posible conflicto de interés relacionado con el objeto del CONTRATO.
Se entiende que hay un conflicto de intereses cuando el
CONTRATISTA no pueda satisfacer simultáneamente los intereses propios y los del
CONTRATANTE y de USAID.
Identificado el conflicto de intereses este deberá ser
revelado de manera inmediata al CONTRATANTE junto con la información que sea
relevante y necesaria a efectos de que el CONTRATANTE decida si procede a la terminación del CONTRATO o autoriza al CONTRATISTA continuar
la ejecución de los SERVICIOS.
En caso de que el CONTRATANTE opte por la terminación del
CONTRATO, el CONTRATISTA no se hará
acreedor de ninguna indemnización y pago adicional, salvo el de los honorarios
pendientes de pago hasta la fecha efectiva de
terminación.
DÉCIMA QUINTA. -
CONFIDENCIALIDAD. En consideración a la alta
sensibilidad y confidencialidad que requiere la prestación del servicio
contratado, el CONTRATISTA se obliga a prestar el servicio para el cual ha sido
contratada con lealtad, buena fe y fidelidad con el CONTRATANTE, por lo tanto,
se entiende que todos los asuntos e
información que el CONTRATISTA conozca directa o indirectamente por razón de
los SERVICIOS, a menos de que por virtud de la ley o por indicación expresa del
Programa, tendrán el carácter de confidenciales y reservados (en adelante la
Información) y, en consecuencia se obliga a: (i) Utilizar la Información, única
y exclusivamente para el cumplimiento de sus obligaciones; (ii) Abstenerse de
divulgar, revelar o reproducir, la Información, que le haya sido entregada o
que conozca en razón o no, de la prestación de servicios al CONTRATANTE; (iii)
Abstenerse de utilizar la información, para el beneficio propio o de terceros diferentes del
CONTRATANTE; (iv) Abstenerse de mencionar o entregar la Información, a terceras
personas, incluidos empleados y asesores del CONTRATANTE, y que no deban
conocerlos por razón de sus funciones. EL CONTRATISTA deberá guardar
confidencialidad sobre información privilegiada y/o confidencial que en la
prestación de los SERVICIOS llegue a conocer de manera directa o indirecta.
(Para los efectos previstos en esta cláusula, se entenderá que entre otros,
pero no exclusivamente, forman parte de la información confidencial todos los
manuales, formatos, conceptos, contratos, documentos legales, financieros,
contables o de cualquier orden, procesos, metodologías, procedimientos métodos
de operación, datos, recursos, gráficas, incluidos los diseñados o creados por
el CONTRATISTA, información visual, verbal o escrita, ideas, equipos, estrategias,
términos y detalles relacionados con la identificación, el objeto social y los
negocios y actividades del CONTRATANTE, sus socios, relacionados, clientes,
asesores, o asociados bajo cualquier modalidad
contractual con el
CONTRATANTE, incluyendo condiciones, estructura y detalles
relacionados con cualquier operación, negociación, proyecto, asesoría,
investigación que desarrolle el CONTRATANTE, sus socios, relacionados,
clientes, asesores, o asociados bajo cualquier modalidad contractual con el
CONTRATANTE). Esta información confidencial puede conocerse por el CONTRATISTA
bien sea porque el CONTRATANTE se la comunique en cualquier forma tangible e
intangible, o cuando en forma indirecta la haya conocido sin consentimiento expreso
del CONTRATANTE.
Igualmente, le está prohibido al CONTRATISTA sacar, extraer
o enviar por cualquier medio, fuera de las instalaciones del CONTRATANTE, ya
sea para uso directo o con destino a terceros, documentos, datos, informes,
software y en general cualquier tipo de información, salvo que sea necesario
para el desarrollo normal de sus funciones y, con autorización previa, expresa
y escrita del CONTRATANTE según sea el caso. EL CONTRATISTA deberá comunicar al
CONTRATANTE toda la información de la que tenga conocimiento respecto a
acciones de terceros que haya o intenten sacar, extraer o enviar por cualquier
medio, documento, datos, informes, software y en general cualquier tipo de
información.
EL CONTRATISTA reconoce que todos los originales y copias
de manuales, correspondencia, notas, informes, cuadernos, fotografías, diseños
y cualquier otro material grabado, impreso o escrito, en cualquier forma que
incluya o refleje la información, aún el preparado por el CONTRATISTA durante
la vigencia del CONTRATO, son propiedad exclusiva del CONTRATANTE y el
CONTRATISTA se obliga a entregarle al CONTRATANTE la información que se
encuentre en su poder al terminar el presente contrato de prestación de
servicios, o antes, si así lo solicita
el CONTRATANTE.
EL CONTRATISTA reconoce que el incumplimiento del deber de
reserva y confidencialidad pactado en los términos de la presente cláusula
constituye violación de la reserva profesional y dará lugar a la terminación
del CONTRATO, lo anterior sin perjuicio de las demás acciones legales que pueda
adelantar el CONTRATANTE para el resarcimiento de los perjuicios que haya
sufrido.
PARÁGRAFO PRIMERO: El deber de reserva y confidencialidad a cargo del CONTRATISTA,
entrará en vigor a partir de la fecha de la firma del CONTRATO y permanecerá en
vigor por un periodo de tres años, aún después de terminada la relación
contractual originada en virtud CONTRATO.
PARÁGRAFO SEGUNDO: EL CONTRATISTA declara que conoce y entiende las normas legales sobre
propiedad intelectual y competencia comercial y los reglamentos aplicables a la
confidencialidad de la información de propiedad del CONTRATANTE
comprometiéndose por tanto a cumplirlas durante la ejecución del CONTRATO y con
posterioridad a su terminación.
PARÁGRAFO TERCERO: En todo caso, el CONTRATISTA, restituirá a la fecha de terminación del
CONTRATO, toda la información, documentos y cualquier otro bien suministrado
por el CONTRATANTE en virtud de la ejecución de los SERVICIOS.
El incumplimiento de las obligaciones consagradas en esta
cláusula se considera como incumplimiento grave del CONTRATO, pudiendo el
CONTRATANTE terminar en forma inmediata el CONTRATO y exigir la indemnización
de perjuicios a que haya lugar, sin que ello impida la iniciación de cualquier
acción legal.
DÉCIMA SEXTA. – DECLARACIONES Y GARANTÍAS DEL
CONTRATISTA. El CONTRATISTA declara y garantiza
que no vulnerará la normatividad aplicable en materia de
trata de personas y protección de derechos de menores, esto es, convenciones,
tratados internacionales, leyes que acojan a los tratados internacionales,
normas colombianas y cualquier norma que derogue o modifique éstas.
DÉCIMA SÉPTIMA. -
LEGISLACIÓN APLICABLE. El presente Contrato se rige por
las leyes de la República de Colombia.
DECIMA OCTAVA. -
MODIFICACIONES. El presente Contrato solamente podrá
ser modificado mediante acuerdo escrito y firmado por LAS PARTES o sus
representantes autorizados.
DECIMA NOVENA. -
CLAUSULA COMPROMISORIA: Toda diferencia y controversia
relativa a este contrato, su ejecución y liquidación, se resolverá por un
tribunal de arbitramento que por economía será designado por las partes y será
en el domicilio del Contratante. El Tribunal de Arbitramento se sujetará a lo
dispuesto en el decreto 1818 del 1998 o estatuto orgánico de los sistemas
alternativos de solución de conflictos y demás normas concordantes.
VIGÉSIMA. -SOLUCIÓN
DE CONFLICTOS. Toda controversia o diferencia que
surja entre LAS PARTES relativa al CONTRATO, a su ejecución, cumplimiento,
terminación, liquidación e interpretación, será arreglada directa y
amigablemente entre ellas dentro de los 30 días hábiles siguientes al aviso que
realice cualquiera de LAS PARTES.
En caso de que esta instancia fallare, las partes acudirán
a un centro autorizado de conciliación. Si la conciliación fuera declarada
fallida, LAS PARTES quedan en libertad de acudir al tribunal de arbitramento
conforme a la cláusula decima novena.
VIGÉSIMA PRIMERA.
-NOTIFICACIONES Y DOMICILIO CONTRACTUAL. Para todos
los efectos legales, el domicilio contractual será la ciudad de Bogotá y
cualquier requerimiento, notificación o comunicación entre LAS PARTES derivadas
de la ejecución del Contrato
deberán dirigirse a las siguientes
direcciones:
EL CONTRATANTE:
CHEMONICS INTERNATIONAL INC.
SUCURSAL COLOMBIA NIT No. 900.480.566-1
XXXXXXXXX,
Bogotá
Colombia
EL CONTRATISTA:
XXXXXXXXXXXXX
C.C No XXXXXXXXXX
Carrera
XXXXXXXXXXXXX
Celular:
XXXXXXXXXX
Bogotá Colombia
Se
entenderá que se ha surtido la notificación, al día siguiente de ser enviada la
comunicación correspondiente mediante correo certificado.
De
conformidad con lo anterior, las partes suscriben el presente documento en dos
ejemplares del mismo tenor, a los X XXXXXXX (XXXXXX) días del mes d e
XXXXXXXXXX del a ño XXXX
(20XX) en la ciudad de B ogotá.
CHEMONICS INC SUCURSAL COLOMBIA Contratista
ANEXO 1: Carta de presentación de la propuesta
Fecha: [Insertar
fecha]
Señores
Chemonics International Inc. Sucursal Colombia
Orden de Trabajo – Clin2 “Modelos
innovadores de conservación para páramos y bosques”
Programa Páramos & Bosques de USAID
ATT: Alejandra Varón Murcia – Asistente de Recursos Humanos
NIT No. 900.480.566-1
Calle 94A #13-72, Piso 5
Bogotá, Colombia
Referencia: Invitación a Presentar Propuestas para los Servicios
de Consultoría
RFP-OT-CLIN2- [Insertar número y nombre de Consultoría].
Propuesta presentada por: [NOMBRE DEL
CONSULTOR QUE PRESENTA LA PROPUESTA]
Apreciados Señores,
En atención a la invitación a presentar propuestas de la Referencia, YO, [NOMBRE DEL CONSULTOR], adjunto a esta
comunicación me permito presentar MI propuesta la cual está compuesta por:
·
Archivo
1: Carta de presentación de la propuesta y documentos legales
·
Archivo
2: Propuesta Técnica
·
Archivo
3: Propuesta Económica (Formato Anexo 2)
Datos del Consultor
que presenta la Propuesta:
Nombre: ___________________________
Cédula de Ciudadanía: ___________________________
Dirección física para comunicaciones: ___________________________
Teléfono fijo: ___________________________
Email(s): ___________________________
Teléfono celular: ___________________________
Mi Propuesta cumple con los términos, anexos y soportes requeridos en la
invitación a presentar propuestas y las enmiendas correspondientes. Asimismo,
en mi calidad de Proponente, manifiesto que mi Propuesta estará vigente durante
treinta (30) días calendario a partir de la fecha límite de presentación de
propuestas. Por tanto, esta Propuesta es vinculante y podrá ser aceptada en
cualquier momento antes del vencimiento de dicho plazo.
Si la Propuesta de [NOMBRE DEL CONSULTOR QUE PRESENTA LA PROPUESTA] fuese
aceptada y resultare elegida, me comprometo a suscribir el contrato de
prestación de servicios profesionales independientes, comenzar y completar la
entrega de todos los productos dentro del plazo establecido en el cronograma.
Adicionalmente, manifiesto comprender y aceptar que el contrato de prestación
de servicios profesionales independientes resultante, si lo hubiere, será bajo
la modalidad de precio fijo.
Con la firma de esta Carta, certifico que:
•
[NOMBRE DEL CONSULTOR QUE PRESENTA LA PROPUESTA] [Si/No] [seleccionar la
opción que corresponda] tiene relaciones cercanas, familiares o financieras con
empleados de Chemonics o del Proyecto Páramos y Bosques. [En caso de tenerlas,
por favor, citar el tipo de relación y los nombres de las personas
relacionadas].
•
Toda la información suministrada como parte de esta propuesta es auténtica y
exacta.
•
Entiendo y acepto las políticas de Chemonics que prohíben el fraude, soborno
y dádivas.
•
Conozco los términos de referencia, y acepto cumplir todos los requisitos
en ellos exigidos salvo las desviaciones expresamente declaradas, en el evento
que sean aceptadas por CHEMONICS.
•
No estoy incluido en el Boletín de responsables fiscales de la Contraloría
General de la República de acuerdo con lo establecido en la Ley 610 de 2000.
•
Conozco, entiendo y estoy de acuerdo con los términos y condiciones de la
minuta del contrato de prestación de servicios profesionales independientes objeto
de esta invitación para presentar propuesta.
•
Entiendo y acepto que USAID no es una parte de esta invitación a presentar
propuestas.
•
Autorizo expresamente a Chemonics para que en cumplimiento de sus políticas
consulte mis datos en las bases y listas de información nacional y extranjera
sobre lavado de activos, financiación del terrorismo, inhabilidades, juicios de
responsabilidad fiscal
y
vínculos delictivos, sin que esto implique reporte alguno en centrales de
información o alteración de la imagen personal o corporativa.
•
Conforme a la Ley 1581 de 2012 y el Decreto 1377 de 2013 sobre protección
de datos personales, autorizo de manera voluntaria, previa, expresa, informada
e inequívoca a Chemonics International Inc. Sucursal Colombia (NIT
900.480.566-1) y al Programa Páramos y Bosques, para la recolección,
almacenamiento, uso, procesamiento, administración, consulta, transferencia y
transmisión de datos a terceros, eliminación, actualización y/o cualquier otro
tratamiento de nuestros datos personales
para los fines relacionados con su objeto social y de los proyectos
implementados por Chemonics en Colombia. Entiendo que la Política de
Tratamiento de Datos Personales de Chemonics está disponible para consulta en
las oficinas de los proyectos implementados por Chemonics y que para cualquier
información, queja y/o, reclamo sobre el uso o derechos que nos asisten como
Titular de la información podremos comunicarnos al correo electrónico ChemonicsColombia@chemonics.com.
•
Entiendo y
acepto que Chemonics no se encuentra obligada a aceptar ninguna propuesta que
reciba, como tampoco a celebrar ningún contrato de prestación de servicios
profesionales independientes, ni por tiempo ni por compromiso alguno.
Atentamente,
__________________________________
Nombre
Cédula de Ciudadanía No.
Teléfono fijo:
Teléfono celular:
ANEXO 2: Certificación -Estupefacientes y Narcotráfico -
Certificado del Personal Clave
Sobre Delitos Relacionados a Estupefacientes y Narcotráfico Certifico bajo la gravedad del juramento que,
durante los últimos diez años: 1. No he sido
declarado culpable de ninguna infracción, o conspiración para delinquir, asociada con ninguna ley o regulación de los Estados
Unidos, o de ningún otro país, relacionada con estupefacientes, drogas
psicotrópicas u otras sustancias controladas. 2.
No
estoy, ni nunca he estado involucrado como narcotraficante de estupefacientes
o sustancias controladas. 3.
No soy,
ni nunca he sido reconocido como un asistente, instigador, conspirador, o
actuado en complicidad con otros en actividades relacionadas con el
narcotráfico de estupefacientes o sustancias controladas. AVISO: 1. Usted debe firmar esta certificación
conforme a las disposiciones de 22 CFR Parte 140, Prohibición de asistencia a
traficantes de Drogas. Estas regulaciones fueron emitidas por el Departamento
de Estado y requiere que el personal clave de las organizaciones firme esta certificación. 2. Si usted hace una certificación falsa, está
sujeto a enjuiciamiento penal en los EE.UU.
en virtud de 18 USC 1001. |
Key
Individual Certification Narcotics Offenses and Drug Trafficking I hereby certify that within
the last ten years: 1. I have not been
convicted of a violation of, or a conspiracy to violate, any law or
regulation of the United States or any other country concerning narcotic or
psychotropic drugs or other controlled substances. 2. I am not and have
not been an illicit trafficker in any such drug or controlled substance. 3. I am not and have
not been a knowing assistor, abettor, conspirator, or colluder with others in
the illicit trafficking in any such drug or
substance. NOTICE: 1. You are required
to sign this Certification under the provisions of 22 CFR Part 140,
Prohibition on Assistance to Drug Traffickers. These regulations were issued
by the Department of State and
require that certain key individuals of organizations must sign this Certification. 2. If you make a
false Certification you are subject to U.S. criminal prosecution under 18
U.S.C. 1001. |
____________________________ Signature / Firma ____________________________ Date / Fecha ____________________________ Name / Nombre ____________________________ Title -Position / Titulo –
Cargo ____________________________ Organization / Organización ____________________________ Address / Dirección ____________________________ Date if Birth
/ Fecha de Nacimiento |
ANEXO 3: Doble Nacionalidad
Cuestionario para personas con doble nacionalidad
Instrucciones:
Chemonics es una empresa basada en los EEUU y como tal se requiere registrar
ciudadanos o residentes permanentes (con tarjeta de residente permanente) de
los Estados Unidos. Se considera que individuos con ciudadanía en los EE.UU. y
simultáneamente en el país donde trabaja son personas con doble nacionalidad (o
dual nationals en inglés). Las leyes
para individuos con doble nacionalidad dependen de cada país particular. Lo
siguiente es un cuestionario para capturar la información relacionada con
personas de doble nacionalidad. Por favor completar la siguiente información:
Sección A: Por favor leer y completar lo
siguiente:
Nombre del empleado/consultor/candidato: ______________________________________
Dirección permanente: _______________________________________________________
Nombre del proyecto y del país en que trabaja:
___________________________________________________________________________
Lugar de trabajo: _________________________________________________________
Países en que se tiene ciudadanía: |
Países en que se tiene residencia: |
|
|
|
|
Sección B: Reconocimiento y firma son
requeridos
Yo, _______________________________________________________________
doy fe de que: □ Soy ciudadano /
residente dual. Países de ciudadanía/residencia: ____________________ ____________________ □ No soy
ciudadano/residente dual. Al firmar a continuación, yo afirmo y reconozco que la información
proporcionada es verídica y correcta. Entiendo que, al
firmar el formulario, es mi obligación informar al Director del programa o su
delegado de cualquier cambio relevante de la información contenida y
actualizar el formulario. Adicionalmente, reconozco y entiendo que proveer información
incorrecta en este formulario y/o no proveer/atrasar cualquier actualización
sobre el estatus, o proveer actualizaciones incorrectas, pueden causar
perdida monetaria para Chemonics International, Inc., y, a discreción de la
compañía, puedo ser responsable por estas pérdidas, en parte o por completo. Fecha: ____________________ Firma: _________________________________________________________________________ Verificado por un representante de Chemonics: _________________________________________ |
ANEXO 4: Autorización HABEAS DATA
Dando
cumplimiento a lo dispuesto en la Ley 1581 de 2012 y el Decreto
1377 de 2013 que desarrollan las disposiciones para la
protección de datos personales, " y de conformidad con lo señalado en el
Decreto 1377 de 2013, Chemonics International Inc. Sucursal Colombia (de ahora
en adelante “Chemonics Sucursal Colombia”) solicita a sus beneficiarios
directos o indirectos, ejecutores, subcontratistas, donatarios, proveedores y cualquier otra persona relacionada laboral, comercialmente
o de cualquier otro modo con Chemonics International Inc. Sucursal Colombia y/o
los proyectos implementados por esta, autorizar a Chemonics International Inc.
Sucursal Colombia para realizar el tratamiento de sus datos personales.
El tratamiento que le da Chemonics
Sucursal Colombia a sus datos personales y los derechos que le asisten como Titular de los mismos
son los contenidos en la Ley Estatutaria 1581 de 2012 y su Decreto
Reglamentario 1377 de 2013, y cualquier norma que los modifique o reemplace. La
Política de Tratamiento de Datos Personales de Chemonics Sucursal Colombia está
disponible para consulta en la oficina principal de Chemonics ubicada en la
Calle 94A # 13-72, Piso 5, en Bogotá, así como en cualquiera las oficinas de
los proyectos implementados por Chemonics en Colombia. Para cualquier
información, queja y/o, reclamo sobre el uso o derechos
que le asisten como Titular
de la información podrá comunicarse al correo electrónico ChemonicsColombia@chemonics.com
AUTORIZACION PARA EL TRATAMIENTO DE DATOS PERSONALES
Mediante la firma de este documento, autorizo de manera
voluntaria, previa, expresa, informada e inequívoca a Chemonics International
Inc. Sucursal Colombia (NIT 900.480.566-1) y a los proyectos implementados por
esta, para la recolección, almacenamiento, uso, procesamiento, administración,
consulta, transferencia y transmisión de datos a terceros, eliminación, actualización y/o cualquier otro tratamiento de mis datos personales para los fines
relacionados con su objeto social
y de los proyectos
implementados por Chemonics en Colombia.
Nombre y firma de quien autoriza,
Nombre:
Cédula:
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